|
Los asesores legales apoyan a la Dirección en las
siguientes funciones consignadas en al Artículo 8 del Decreto N° 36801:
a)
Orientar, dirigir y supervisar el accionar del SFE, en el cumplimiento de las
funciones encomendadas por la Legislación Nacional.
b)
Asesorar al Despacho Ministerial en lo relacionado con la aplicación de la
Legislación Nacional e Internacional competente.
d)
Proponer al Poder Ejecutivo la emisión de normas, necesarias para el
cumplimiento de los objetivos, facultades y funciones del SFE.
e)
Vigilar para que las políticas y directrices emitidas por los niveles
superiores del Estado y los compromisos, en el área de su competencia que
este adquiera a nivel internacional, se cumplan.
f)
Crear comisiones asesoras y/o consultivas necesarias para el cumplimiento de
la legislación vigente.
g)
Coordinar con las instancias competentes, públicas y privadas, el desarrollo
de actividades, proyectos, estudios e investigaciones especializadas en el
campo fitosanitario y dar seguimiento a los resultados.
h)
Emitir, controlar, dar seguimiento y evaluar las políticas, planes, programas
y proyectos del SFE.
i)
Gestionar y administrar los recursos financieros para dar cumplimiento a los
objetivos de la Ley de Protección Fitosanitaria, Ley Nº 7664.
j)
Elaborar con los responsables de departamentos, los proyectos de presupuesto
ordinario y extraordinario, así como vigilar su correcta ejecución.
k)
Aprobar el reconocimiento de áreas libres o de baja prevalencia, así como de
sitios de producción libre de plagas.
l)
Suscribir los convenios y proyectos de cooperación interinstitucional e
internacional bajo competencia del SFE.
m)
Coordinar con las unidades de apoyo de la Dirección, así como supervisar su
labor.
n)
Acordar la estrategia de comunicación e imagen institucional del SFE, tanto a
nivel externo como interno.
o)
Apoyar y fomentar la proyección institucional a través de los medios de
comunicación colectiva e instituciones con objetivos afines.
|