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Decreto N°
36801
CAPÍTULO VI
SECCIÓN ÚNICA
Departamento
de Laboratorios
Competencia y Funciones
Artículo 21.—Laboratorio de
Análisis de Residuos de Agroquímicos. Funciones:
a) Implementar metodologías de análisis para determinar los residuos de
plaguicidas en vegetales no procesados, suelo donde haya cultivos y agua
superficial de escorrentía, que provenga de áreas cultivadas, a solicitud de
los usuarios.
b) Realizar
análisis para determinar residuos de plaguicidas en vegetales no procesados,
suelo donde haya cultivos y agua superficial de escorrentía, que provenga de
áreas cultivadas; así como emitir los informes correspondientes.
c) Coordinar
la recepción de muestras con las diferentes instancias del SFE que requieren
los servicios de análisis.
d) Elaborar,
implementar y dar seguimiento a un plan de mantenimiento anual del equipo de
laboratorio, para asegurar la confiabilidad de los resultados obtenidos.
e)
Desarrollar y actualizar los procedimientos de las actividades técnicas y
administrativas del laboratorio.
f) Brindar
capacitación y asesoría técnica a los usuarios, en el área de su competencia.
g) Elaborar
un plan de desarrollo de nuevas metodologías de análisis para la determinación
de residuos de plaguicidas en coordinación con las diferentes instancias del
SFE.
h) Resolver
los recursos administrativos en el ámbito de su competencia.
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