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Decreto N°
36801
CAPÍTULO X
SECCIÓN ÚNICA
Departamento
de Biotecnología
Competencia y Funciones
Artículo 37.—Competencias: Es
el encargado de regular en el área de la fitoprotección, la importación,
exportación, investigación, experimentación, movilización, multiplicación,
producción industrial, comercialización y el uso de materiales transgénicos,
organismos genéticamente modificados, agentes de control biológico y otros
organismos benéficos para uso agrícola o sus productos. Emitir los
lineamientos técnicos y administrativos para la vigilancia y el control de
Moscas de la Fruta y producir los géneros y especies de moscas de la fruta y
sus parasitoides. Resuelve los recursos administrativos en el ámbito de su competencia.
El
Departamento de Biotecnología está conformado por la Unidad de Organismos
Genéticamente Modificados, la Unidad de Controladores Biológicos y el
Programa Nacional de Moscas de la Fruta.
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