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Departamento de Normas y Regulaciones

 

Decreto N° 36801

CAPÍTULO IX

SECCIÓN ÚNICA

Departamento de Normas y Regulaciones

Competencia y Funciones

Artículo 32.—Competencia: Es el responsable de proveer y dar seguimiento al marco regulatorio del SFE para que se ajuste a los requerimientos de la normativa nacional y en concordancia con las disposiciones de los convenios y tratados internacionales en materia fitosanitaria y sanitaria, en cumplimiento de la Ley 7664; Ley de Protección Fitosanitaria.

El Departamento de Normas y Regulaciones está conformado por la Unidad de Normalización, la Unidad de Análisis de Riesgo de Plagas y el Centro de Información y Notificación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias.

Artículo 33.—Departamento de Normas y Regulaciones, Funciones:

a) Garantizar que la ejecución del proceso de regulación y normalización del SFE se realice de manera articulada, eficaz y con la calidad requerida, en coordinación con las diferentes instancias técnicas involucradas.

b) Dar seguimiento a los compromisos del SFE con otros entes u organismos nacionales e internacionales con los cuales se desarrollen convenios para impulsar programas o proyectos en materia fitosanitaria.

c) Coordinar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Información sanitaria y fitosanitaria en coordinación con instancias nacionales e internacionales, publicaciones de las medidas fitosanitarias y zoosanitarias de los países miembros de la OMC y otros acuerdos bilaterales y tratados multilaterales.

d) Participar en la formulación y dar seguimiento a la aplicación de los acuerdos de asociación, tratados de libre comercio, reuniones bilaterales, procesos de evaluación de equivalencias y convenios de cooperación, siempre y cuando se cuente con la autorización de la Dirección.

e) Asesorar a la Dirección en materia de normativa, negociaciones y acuerdos comerciales internacionales en el campo de la competencia del SFE.

f) Preparar y coordinar en el ejercicio de sus competencias, el protocolo de atención de las misio nes, auditores y evaluadores técnicos nacionales e internacionales que reciba el SFE.

g) Asesorar en la formulación e identificación de propuestas y proyectos de cooperación presentados ante agencias y organizaciones internacionales que destinan recursos al desarrollo de iniciativas en el campo de medidas fitosanitarias.

h) Apoyar reuniones, charlas, talleres, seminarios nacionales e internacionales para efectos de negociaciones comerciales, tratados, comercio internacional, o para divulgar información técnica sobre la normativa o situación fitosanitaria.

i) Brindar capacitación sobre legislación internacional en materia fitosanitaria y requisitos fitosanitarios involucrados en el intercambio comercial internacional de artículos reglamentados.

 

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