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¿Cómo se puede participar en el proceso de las notificaciones MSF?

 

El  Acuerdo MSF dispone  que  la  Notificación se  realice en  una  etapa  temprana y  el  procedimiento  recomendado menciona que  ello  es  cuando  se disponga del  texto  completo  de la  reglamentación en proyecto, para que  se  puedan   introducir modificaciones a  las observaciones, si las hubiera.

 

A nivel de país, se cuenta con Organismos  Reguladores con competencia para  adoptar  una  MSF, como  el   Ministerio  de  Agricultura  y  Ganadería (en  donde se encuentran  el  SFE y  el SENASA);  así como el  Ministerio  de  Salud, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y  COMEX, entre otros, quienes a la luz del Acuerdo MSF son los  técnicos responsables de  elaborar  la  normativa y  reglamentación sanitaria, fitosanitaria, y ponen  en  conocimiento  al  CIN  de  la  medida  a  notificar,  para  que se llene el  formulario  correspondiente y con  el  visto  bueno de COMEX, sea  remitido  al Registro Central  de  Notificaciones  de  la OMC.  Los Miembros deben  publicar todas  las  reglamentaciones sanitarias  y  fitosanitarias que  hayan sido  adoptadas  de  manera que  los  países  interesados puedan conocer  su contenido  y emitan comentarios que  deben ser  atendidos.

 

El Encargado de las Notificaciones en el CIN, hace llegar vía correo  electrónico a los sectores correspondientes, las Notificaciones que les competen. El interesado podrá enviar sus observaciones a puntocontactoMSF@sfe.go.cr  durante los siguientes 60 días hábiles de la fecha de  Notificación. Esas observaciones son analizadas en nuestro país, y si se consideran pertinentes, se toman en cuenta en el documento final que se notifica a la OMC.

 

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