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Fitosanitario
de Exportación/Embalajes/
Directrices para reglamentar el embalaje de
Madera utilizado en el comercio Internacional
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Introducción
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Materiales regulados por la norma
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Materiales excluidos de la norma
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Tratamientos aprobados
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Fumigación con Bromuro de Metilo
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Condiciones que debe cumplir las marcas
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Plagas más importantes
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Tratamientos en estudio para aprobación
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Requisitos para obtener la autorización para
fabricar el embalaje
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Si no se cumple la norma
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Introducción
En el mes de marzo del 2002, la
Comisión Interina de Medidas Fitosanitarias aprobó la Norma NIMF No.15,
“Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio
internacional”.
El objetivo de esta Norma es
implementar medidas fitosanitarias para reducir el riesgo de introducción y
diseminación de plagas cuarentenarias asociadas a embalaje fabricado de
madera en bruto de coníferas y no coníferas, utilizado en el comercio
internacional, plagas que pueden constituir una amenaza para los árboles
vivos principalmente.
Las entidades responsables para
velar por su cumplimiento, son: el Ministerio de Agricultura y Ganadería por
medio del Servicio Fitosanitario del Estado, con el apoyo de aduanas,
autoridades portuarias, productores y otras entidades involucradas dentro de
la actividad.
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Materiales
regulados por la norma
Embalaje de madera en bruto de
coníferas y no coníferas como: tarimas, madera de estiba, jaulas, barriles,
tablas para carga, collarines de tarimas, bloques y cajones.
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Materiales
excluidos de la norma
Embalaje de madera fabricado en
su totalidad de productos derivados de la madera como: contrachapado,
tableros de partículas, tableros de fibra orientada, hojas de chapa que se
han producido utilizando pegamentos, calor y presión o una combinación de los
mismos. También se excluye subproductos de la producción de chapa que
requiere procesamiento a altas temperaturas, el aserrín, las virutas de
madera en bruto o cortada en trozos de poco espesor (menores a 6 mm.).
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Tratamientos aprobados
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Tratamiento Térmico
(HT) para madera descortezada, temperatura mínima en el centro de la
madera: 56ºC durante 30 minutos
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Secado en horno
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Impregnación química a
presión si cumple con las especificaciones del HT por medio del uso de vapor,
agua caliente o calor seco.
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Temperatura
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Registros mínimos de concentración (g/cm3) durante:
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Dosis
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30 min.
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2 h
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4h
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16 h
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21°C o mayor
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48
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36
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24
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17
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14
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16°C o mayor
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56
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42
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28
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20
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17
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11°C o mayor
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64
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48
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32
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22
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19
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Fumigación con Bromuro de Metilo
El tiempo de ventilación será
según recomendación técnica. La temperatura mínima no deberá ser inferior a
los 10°C y el tiempo de exposición mínimo deberá ser de 16 horas.
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Condiciones que deben cumplir
las marcas
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Seguir el modelo anterior
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Ser legibles
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Permanentes y no transferibles
·
Colocarse en un lugar visible (al menos en los lados opuestos
del artículo certificado)
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Evitar colores rojo y naranja.
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El embalaje de madera reciclado, prefabricado o reparado
deberá certificarse, marcarse de nuevo y volver a recibir tratamiento.
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Plagas más importantes
Insectos: Anobiidae, Bostrichidae, Cerambycidae, Curculinodae, Isóptera, Lyctidae
(con algunas excepciones para HT), Oedemeridae, Scolytidae, Siricidae.
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Tratamientos en estudio para aprobación
Fumigación con: Fosfina, Fluoruro de Sulfurilo,
Sulfito de Carbonilo.
IQP: Vacío/alta presión, doble
vacío, baño caliente-frío en tanque abierto, desplazamiento
de la savia.
Irradiación: Gamma, Rayos X,
Microondas, Infrarrojos, Haz de electrones.
Atmósfera controlada.
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Requisitos para obtener la autorización para
fabricar el embalaje
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Responsable
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Actividad
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Registrante/Fabricante
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1
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Llenar solicitud en
Formulario GTE.012
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Registrante/Fabricante
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2
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Presentar solicitud ante
Departamento de Exportaciones.
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Departamento de
Exportaciones
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3
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Revisión de solicitud y
documentación adjunta.
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Registrante/Fabricante y
Cámara Costarricense Forestal
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4
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Suscribir convenio con la
Cámara Costarricense Forestal para servicio de inspección y certificación
de la planta de tratamiento de madera para embalaje.
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Departamento de
Exportaciones
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5
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Remisión a la entidad
evaluadora del tratamiento.
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Entidad evaluadora
designada oficialmente
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6
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Evaluación documental del tratamiento
propuesto para el embalaje de madera.
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Entidad evaluadora
designada oficialmente
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7
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Verificación In Situ del
tratamiento.
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Entidad evaluadora
designada oficialmente
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8
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Comunicación de aprobación
o rechazo del tratamiento al Departamento de Exportaciones.
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Departamento de
Exportaciones
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9
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Elaboración de resolución
de aprobación o rechazo. En caso de aprobación se designará el código de
autorización a ser utilizado conjuntamente con la marca o sello en la
madera.
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Servicio Fitosanitario del
Estado
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Notificación a socios
comerciales y OMC.
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Departamento de
Exportaciones
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Designación de Inspector y
supervisión oficial.
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→
Formulario para la inscripción en la base de datos de empresas fabricantes de
embalaje de madera (E-F-013-1, versión 2).
→
Formulario para la inscripción en la base de datos de empresas autorizadas
para el tratamiento de embalaje de madera (E-F-013, versión 3).
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Si
no se cumple la norma
Se procederá a:
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Tratamiento
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Devolución
·
Destrucción
Referencia NIMF
No.15, Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el
comercio internacional.
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