1. Presentar la información solicitada en el formulario BIO-07. Solicitud de criterio técnico para determinar si un organismo obtenido mediante las nuevas técnicas de mejoramiento genético, incluida la edición de genes, se considera o no un OVM
2. Presentar una copia en formato digital de la literatura que se cita en el llenado del formulario BIO-07.
3. Cancelar la tarifa 15.e Estudio técnico para evaluación de análisis de riesgo de productos de la biotecnología.
4. Encontrarse al día con el cumplimiento del artículo 74 de la Ley No 17: Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, del 22 de octubre de 1943.
El plazo máximo de resolución para estas solicitudes será de 175 días naturales.
Tarifa 15.e ¢ 253. 253
Estudio técnico para evaluación de análisis de riesgo de productos de la biotecnología, establecida en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No 27763 Fijación de tarifas de los servicios del Ministerio de Agricultura y Ganadería, del 10 de marzo de 1999.
Importante:
A esta tarifa no se le adiciona el IVA. Las tarifas son actualizadas el 1° de febrero de cada año.
Ver todas las tarifas y formas de pago.