¡Atención registrantes!
Medidas para enfrentar los retos del abastecimiento de fertilizantes
El SFE podrá recibir y tramitar documentos emitidos en el extranjero relacionados con el registro, modificación, renovación y actualización de fertilizantes y enmiendas agrícolas, aun cuando no cuenten con legalización consular o apostilla en forma temporal. Esta medida flexibiliza únicamente ese requisito formal, manteniéndose la facultad de la Administración para verificar y fiscalizar el contenido técnico, científico y sanitario de la documentación, así como solicitar información adicional para proteger la salud humana, vegetal y el ambiente.
Hasta el 08 de abril de 2027, se podrán gestionar trámites sin la legalización consular o apostilla. No obstante, esto no exime la presentación de los certificados originales y vigentes, los cuales deben contar con la firma del químico y el refrendo del Colegio de Químicos de Costa Rica.
Una vez vencido el beneficio anterior, los interesados tendrán un máximo de 6 meses (hasta el 09 de octubre de 2027) para presentar la apostilla o legalización de los documentos respectivos.
Conforme al Transitorio I del DE 39733-COMEX-MEIC-MAG, el nuevo plazo para solicitar la actualización de registros vence el 04 de mayo de 2027.
Envíe sus consultas a: consultaregistro@sfe.go.cr
Publicado 09/04/2026, actualizado el 29/04/2026
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