De conformidad con el Acuerdo MSF las Medidas Sanitarias o Fitosanitarias comprenden todas las leyes, decretos, reglamentos, prescripciones y procedimientos pertinentes para proteger la salud y vida de las personas, de los animales o para preservar los vegetales en un país.
Una Notificación MSF es la comunicación oficial de una medida sanitaria o fitosanitaria que en el caso de Costa Rica se realiza por medio del Organismo Nacional encargado de la notificación MSF, que es el Centro de Información y Notificación MSF, ubicado en el Servicio Fitosanitario del Estado.
¿Cuándo se notifica una medida MSF?
Los países Miembros de la OMC notificarán los proyectos de nuevas reglamentaciones sanitarias y fitosanitarias en los casos en que:
● no exista una norma, directriz o recomendación internacional, o bien
● el contenido de una reglamentación sanitaria o fitosanitaria en proyecto no sea en sustancia el mismo que el de una norma, directriz o recomendación internacional, y en ambos casos siempre que:
●la reglamentación pueda tener un efecto significativo en el comercio de otros Miembros.
Definiciones tomadas del Manual Práctico de Procedimientos para los Organismos de Notificación en Materia de MSF de la OMC.